La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió a través de una disposición publicada en el Boletín Oficial, la comercialización de un alcohol etílico y de un limpiador líquido antibacterial y desinfectante.
En la Disposición 4900/2020, se prohíbe “la comercialización en todo el territorio nacional de los productos rotulados como ‘DIAMANTE Limpiador Líquido-antibacterial-desinfectante- Amonio cuaternario 0,1%- solución líquida de amonio cuaternario- listo para usar- Industria Argentina’ y ‘WS Alcohol etílico graduación 96º. Sanitizante. Uso externo para superficies’.
En relación al limpiador, la disposición que lleva el número 4900/2020 y fue publicada hoy en el Boletín Oficial, señaló que se “constató su comercialización a través del portal Mercado Libre” y que “su rotulado carecía de datos que identificaran su elaborador y su registro sanitario ni constaban productos registrados, o en trámite de registro, que respondieran a dichos datos identificatorios”.
En tanto, sobre el alcohol se verificó que “el rotulado refería a su uso como sanitizante de superficies, constatándose que carece de datos que identifiquen al establecimiento elaborador/ fraccionador así como de su pertinente registro sanitario. También, se verificó que no constaban productos registrados como sanitizantes de superficies ni en trámite de registro”.