Regulación de monopatines eléctricos

El Concejo Deliberante de Santa Rosa aprobó la ordenanza que regula la circulación en la vía pública de los Vehículos de Movilidad Personal, mejor conocidos como «Monopatines». Esta nueva normativa determina quiénes están habilitados para usar estos vehículos, por dónde podrán circular, qué sistemas de seguridad están permitidos y las prohibiciones.

La orden dicta que:

Los VMP, según la ordenanza, son los vehículos “de una o más ruedas destinado al traslado de personas autopropulsado por motorización eléctrica o cualquier tipo de motorización”. Quedan excluidas las bicicletas con pedaleo asistido, los vehículos para personas con movilidad reducida y los vehículos definidos por la Ley N° 24.449 de Tránsito y sus normas complementarias.

Estos podrán circular por calles y zonas dentro del entramado urbano de la ciudad, excepto en veredas y zonas exclusivas para peatones, avenidas y rutas provinciales o nacionales. También será obligatorio el uso de casco.

Deberán contar con sistema de freno; sistema de iluminación con al menos una luz delantera blanca y una luz trasera roja que se mantengan encendidas durante toda la marcha del vehículo; bocina que pueda ser escuchada por los demás vehículos circundantes pero que no supere los decibles establecidos por reglamentación; motor eléctrico con potencia máxima de 0,5 kw; y sistema de limitación de velocidad, con una velocidad máxima de 25 km/h. En caso de no poseer este sistema, no podrá superar dicha velocidad.

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